El JUICIO
EN LÍNEA; es el sistema informático
ue permite registrar,
controlar, procesar,
almacenar, difundir,
trasmitir, gestionar,
administrar y notificar
el procedimiento contencioso
administrativo que se
sustancia en el Tribunal
Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa
Este medio es optativo
para el demandante
que puede elegir entre
el juicio en vía tradicional
y el substanciado en
línea; de elegir esta vía
será obligatoria para
las autoridades demandadas
y se aplicarán todas
las disposiciones de la Ley
Federal de
Procedimientos Contencioso
Administrativo (excusa,
recusación, la improcedencia,
el sobreseimiento, los
incidentes y los recursos
seguirán siendo los
mismos), así como los
plazos y requisitos
jurídicos salvo las particularidades
que se prevén en el
capítulo X denominado
DEL JUICIO EN
LÍNEA que se adiciona el título II
Los beneficios que se
tendrán con el juicio en
línea serán: acceso
total a la Justicia Administrativa
vía Internet las 24
horas, los 365 días del año y
en tiempo real,
agilidad en trámites, la demanda
y demás promociones se
presentarán vía Internet
JUSTICIA
EXPEDITA: reducción en el tiempo
de tramitación, lo que
genera ahorro
substancial en tiempo,
dinero y papel
Con el objeto de
utilizar los beneficios y las
posibles soluciones del
juicio en línea, se elaboró
esta compilación de
leyes actualizadas
a la fecha en que
inició el citado medio de
defensa, en donde de
manera específica se
contemplan las reformas
a la Ley Federal
de Procedimientos
Contencioso Administrativo;
Reglamento Interior del
tribunal Federal
de Justicia Fiscal y
Administrativa; la Ley Orgánica
del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y
Administrativa y
Lineamiento Técnicos y
Formales para la
sustanciación del juicio en línea
El autor señala en el
capítulo denominada como:
ANTECEDENTES
DEL JUICIO EN LÍNEA:
En el año 1936 se creó
el Tribunal Fiscal de la Federación
como órgano encargado
de dirimir las
controversias que se
suscitan entre
los particulares y el
Estado
Este Tribunal, en sus
inicios, se encargaba
de dar solución a los
conflictos que se suscitaban
entre los
contribuyentes y la Secretaria de
Hacienda y crédito
Público o bien con los organismos
fiscales autónomos
(INFONAVIT), en virtud de los
actos en materia de
contribuciones emitieran,
sólo se encargaban de
dar solución a los conflictos
que se originaran con
motivo de la determinación
de algún impuesto,
derecho, o contribución de
mejora, dejando a un
lado los demás actos
administrados emitidos
por otros órganos
de la Administración
Pública
Este Tribunal tuvo
siempre dentro de su marco
normativo el principio
señalado como garantía
Constitucional donde
los impartidores de justicia
deben ser previamente
establecidos y donde
sus fallos deberán
dictarse de manera
pronta y expedita
La Ley de Justicia
Fiscal se abrogó en 1939
y se creó el Código de
la Federación, incorporando
las instituciones
contenidas en la Ley, en 1967
apareció la Ley
orgánica del propio Tribunal
En el año 2001, se
modificó la Ley Orgánica
y se otorgó competencia
fiscal y administrativa
por lo que el nombre le
fue cambiado al
actual Tribunal Federal
de justicia Fiscal
y Administrativa
(2012), mismo que tiene sustento
en el artículo 73,
fracción XXIX de la Constitución
Política de los Estados
Unidos Mexicanos
Al otorgar mayor
competencia, trajo como
consecuencia el
incremento de asunto sometidos
para solución de conflictos,
sin que en esa misma
medida se incrementaran
los recursos materiales
y humanos para atender
la demanda de
administración de
justicia que se realizo
Se computaran hábiles
las 24 horas de los días
en que se encuentren
abiertas al
público las oficinas
del Tribunal
Los beneficios que se
tendrán con el juicio en
línea serán: Acceso
total a la Justicia Administrativa
vía Internet las 24
horas, los 365 días del año
y en tiempo real,
agilidad en trámites, en la
demanda y demás
promociones que
se presentarán vía
Internet
Asimismo, es una nueva
modalidad de justicia
expedita, ya que habrá
reducción en el tiempo
de tramitación, lo que
generará ahorro
sustancial en tiempo,
dinero y papel
El Juicio en Línea,
tramitado en el Tribunal Federal
de Justicia Fiscal y
Administrativa , al tramitarse
en menor tiempo los
juicios contenciosos administrativos,
será un gran avance
para los gobernados y el Estado
Sin duda la instrumentación
del juicio en línea
requerirá adecuar las necesidades
de los usuarios
(litigantes) y de los
miembros del propio Tribunal
No puede olvidarse que
el árbol de las leyes
ha de podarse
continuamente (Anatole France),
ello con la finalidad
de que la tramitación y
resolución de los
juicios se haga de acuerdo
a las necesidades
reales que se vayan presentando
y por tanto se deberán
perfeccionar las normas
que regulan dicho
juicio, para hacer más fácil
a los administrados el
uso de ésta herramienta
tecnológica, que sin
duda se verá reflejado,
y más personas habrán
de utilizar este medio
de defensa , por los
beneficios que se generen
En complemento al JUICIO EN LÍNEA, el Tribunal
Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa en 2001,
desarrolló una nueva
vía procesal que ofrece
inmediatez en el
trámite y se denomina : Juicio Sumario
El incremento de la
competencia al Tribunal Federal
de Justicia Fiscal y
Administrativas en 2001, que
sufrió con la reforma
realizada a la Ley Orgánica
trajo como consecuencia
el aumento en
el número de demandas
presentadas ante
el Tribunal, lo cual
origino la dilación en
la resolución de los
juicios de nulidad, materialmente
el cumulo de ellos
rebasó la capacidad
de los recursos humanos
con que cuenta
La solución que se propuso
para respetar el principio
de Administración de
Justicia Pronta y Expedita,
que en lugar de
incrementar personal fue acudir
la tecnología informática, pero no fue la
única opción; de forma
adicional y complementaria
se presentó la
iniciativa de un juicio sumario, mismo
que se plasmó en el
Decreto de 10 de diciembre
e 2010, que publico la
Reforma a la Ley Federal
de Procedimiento
Contencioso Administrativo por
lo que se adicionaron
los artículos 58-1 a 58-15
El Juicio Sumario se
estableció pensando
en otorgar a los
gobernados una Administración
de la justicia pronta y
expedita, pero atendiendo
al principio de mayor
beneficio contemplado
en el artículo 51 de la
Ley Federal de Procedimiento
Contencioso
Administrativo, esto es, que
las sentencias que
emita el Tribunal Federal
de Justicia Fiscal y
Administrativa atienda aquellos
agravios que pueden
llevar a declarar nulidad,
evitando así el reenvió
de expedientes y por
ende la interposición
del recurso de
revisión o del juicio
de amparo
Se determinó que el
juicio sumario es procedente
cuando se impugnen
resoluciones definitivas cuyo
importe no exceda de
cinco veces el salario
mínimo general vigente
en el Distrito Federal
elevado al año al
momento de su emisión,
siempre que se trate de
las resoluciones
definitivas siguientes:
1. Las dictadas por autoridades fiscales federales
y organismos fiscales autónomos, por las que
se fije en cantidad liquida un crédito fiscal
2. Las que únicamente impongan multas o sanciones,
pecuniaria o restitutoria, por infracción
a las normas
administrativas federales
3. Las que exijan el pago de créditos fiscales, cuando
el monto de los
exigibles no exceda el importe citado
4. Las que se requieran el pago de una póliza de fianza
o de una garantía que hubiere sido otorgada a favor de la
Federación, de organismos fiscales autónomos o de
otras entidades paraestatales
de aquélla
5. Las recaidas a un recurso administrativo, cuando la
recurrida sea alguna de las consideradas en los incisos
anteriores y el importe de esta última, no
exceda el antes señalado
6. Cuando se impugnen resoluciones definitivas que se
dicten en violación a una tesis de jurisprudencia de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación, en materia de
inconstitucionalidad de Leyes o de jurisprudencia del Pleno
de la Sala Superior del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa
Se determinó que el
juicio sumario es improcedente
cuando no se reúnan los
requisitos de cuantía
o no se colmen los
requisitos de la Jurisprudencia
y además, cuando se
controvierta una regla
administrativa de
carácter general; se trate
de responsabilidades administrativas
de los
servidores públicos:
sanción económica o
responsabilidad
resarcitoria o bien cuando
se controviertan
sanciones que incluyan otra
arga u obligación, y
cuando las partes
no puedan presentar
testigos
Es de resultarse, que
en aras de proporcionar
no sólo una justicia
pronta, sino además
eficiente y cuidadosa,
se reguló el juicio sumario
en una duración de 70
días que se distribuyen:
15 para presentar
demanda, 15 para contestación,
cinco para ampliación,
cinco para contestación
a la ampliación, diez
para alegatos, diez para
sentencia y un mes para
el cumplimiento por
parte de las
autoridades administrativas
en los casos de que la
sentencia ordene
obligaciones de hacer
Con lo anterior, se
busca dar fluidez a los
juicios y por ende
cumplir con el mandato
Constitucional de
justicia pronta y expedita,
consagrado en el
artículo 17 Constitucional,
lo cual constituye un
gran reto para los miembros
del Tribunal, que sin
duda lo lograrán de manera exitosa
Con el objeto de
utilizar los beneficios y las
posibles soluciones del
juicio línea, se elaboró
esta compilación de
leyes actualizadas a la fecha
en que se inició el
citado medio de defensa,
en donde de manera
específica se contemplan
las reformas a la Ley
Federal de Procedimiento
Contencioso Administrativo;
Reglamento Interior
del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y
Administrativa; la Ley
Orgánica del Tribunal Federal
de Justicia Fiscal y
Administrativa y Lineamientos
Técnicos y Formales
para la sustanciación
del juicio en línea
Las personas que se
decidan por este juicio,
les será más fácil la
identificación
TEMARIO
ABORDADO:
Antecedentes del juicio
en línea
Lineamientos técnicos y
formales del juicio en línea
Reglamento Interior del
Tribunal de
Justicia Fiscal y
Administrativa
Ley Federal del
Procedimiento
Contencioso
Administrativo
Ley Orgánica del
Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y
Administrativa
ÍNDICE:
ANTECEDENTES DEL JUICIO
EN LÍNEA:
Capítulo
1
LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TÍTULO I
DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL
Capítulo
1
Disposiciones generales
Capítulo
2
De la improcedencia y
del sobreseimiento
Capítulo
3
De los impedimentos y
excusas
TÍTULO 2
DE LASUBSTANCIACIÓN Y RESOLUCIÓN
DEL JUICIO
Capítulo
1
De la demanda
Capítulo
2
De la contestación
Capítulo
3
E las medidas
cautelares
Capítulo
4
De los incidentes
Capítulo
5
De las pruebas
Capítulo
6
Del cierre de la
instrucción
Capítulo
7
Facultad de atracción
Capítulo
8
De la sentencia
Capítulo
9
Del cumplimiento de la
sentencia y de la suspensión
Capítulo
10
Del juicio en línea
Capítulo
11
Del juicio en la vía
sumaria
TÍTULO
III
DE LOS
RECURSOS
Capítulo
1
De la reclamación
Capítulo
2
De la revisión
TÍTULO IV
DISPOSICIONES
FINALES
Capítulo
1
De las notificaciones
Capítulo
2
De los exhortos
Capítulo
3
Del cómputo de los
términos
TÍTULO V
DE LA
JURISPRUDENCIA
Capítulo
1
Transitorios
2 LEY
ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE
JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Capítulo
1
De la naturaleza e
integración del Tribunal
Capítulo
2
De la competencia
material del Tribunal
Capítulo
3
De la Sala Superior
Sección 1
De su integración
Sección 2
Del pleno
Sección 3
De las secciones
Capítulo
4
Del Presidente del
Tribunal
Capítulo
5
De las Salas Regionales
Capítulo
6
De la Junta de Gobierno
y Administración
Capítulo
7
De los demás Servidores
Públicos del Tribunal
Capítulo
8
De las
Responsabilidades de los Servidores
Públicos del Tribunal
Capítulo
9
De las vacaciones y
días inhábiles
3
REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL
FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Capítulo
1
Disposiciones generales
Capítulo
2
Del funcionamiento del
pleno y las secciones
Capítulo
3
Del Presidente
Capítulo
4
De la Secretaría
General de Acuerdos y de
las Secretarías
Adjuntas de Acuerdos de Sección
Capítulo
5
De los Secretarios de
Acuerdos de Sala Superior
Capítulo
6
De las Salas Regionales
Capítulo
7
Del Control del Acervo
Documental y del Sistema
Automático de Recepción
Capítulo
8
De la Junta de Gobierno
y Administración
Capítulo
9
De las normas de Coordinación
entre la Sala Superior,
el Pleno Jurisdiccional
de la Sala Superior
y la Junta de Gobierno
y Administración
Capítulo
10
De los lineamientos
para el Registro de Peritos del Tribunal
Capítulo
11
De las
responsabilidades administrativas
Capítulo
12
Del sistema de control
y seguimiento de juicios
Capítulo
12
Del Sistema de Justicia
en línea
Capítulo
14
De la tramitación y el
acceso a la información
Capítulo
15
De las Secretarías,
Unidades Administrativas
y Servidores Públicos
de la Junta
Capítulo
16
De las Secretarías
Capítulo
17
De las Unidades
Administrativas de la Junta
Capítulo
18
De las Unidades
Administrativas Especializadas
Capítulo
19
De la Contraloría
Interna
Capítulo
20
De las Licencias y
Suplencias
Capítulo
21
Disposiciones finales
TRANSITORIOS
4 LINEAMIENTOS TÉCNICOS Y FORMALES
DEL JUICIO EN LÍNEA
ACUERDO E/JGA/16/2011,
que establece los lineamientos
técnicos y formales
para la sustanciación del juicio en línea
ACUERDO E/JGA/16/2011
lineamientos técnicos
y formales para la
sustanciación del juicio en línea
ACUERDO
QUE ESTABLECE LOS LINEAMIENTOS
TÉCNICOS
Y FORMALES PARA LA SUSTANCIACIÓN
DEL
JUICIO EN LÍNEA
Titulo
primero
DISPOSICIONES
GENERALES
Capítulo
1
Objeto y definiciones
Capítulo
2
De la asistencia a
usuarios
TÍTULO
SEGUNDO
DE LOS
USUARIOS EXTERNOS
Capítulo
1
DE LA CLAVE DE ACCESO Y
CONTRASEÑA
Capítulo
2
Del registro de
autoridades
TÍTULO 3
DE LOS
USUARIOS INTERNOS
Capítulo
1
De la clave de acceso y
contraseño
Capítulo
2
De los requerimientos
para firmar
resoluciones y
actuaciones
TÍTULO 4
DEL
SISTEMA DE JUSTICIA EN LÍNEA
Capítulo
1
Del portal
Capítulo
2
De la integridad del
sistema de justicia en línea
Capítulo
3
De la seguridad y el
respaldo de la información
TÍTULO 5
DE LA
FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA
TÍTULO 6
DEL
JUICIO EN LÍNEA
Capítulo
1
Del registro y envío de
promociones electrónicas
Capítulo
2
De las causas por
desahogo de pruebas
Capítulo
3
De la acumulación de
juicios sustanciados en
línea y en la vía
tradicional
Capítulo
4
Del código de barras
Capítulo
5
De la digitación, impresión
y resguardo de documentos
TÍTULO 7
DEL
BOLETÍN ELECTRÓNICO
TÍTULO 8
DE LAS
SANCIONES
Transitorios
ANEXO
ÚNICO
REQUERIMIENTOS
TECNOLÓGICOS PARA
LOS USUARIOS DEL
SISTEMA
REQUERIMIENTOS –
DESCRIPCIÓN TÉCNICA
CARACTERÍSTICAS –
ARCHIVOS ELECTRÓNICOS
Y DIGITALIZADOS
FICHA
TÉCNICA:
1 Libro
216 páginas
En formato de 15 por 23
por 1.4 cm
Pasta delgada en color
plastificada
Primera edición 2012
ISBN 978-607-17-1070-3
Autor Javier Moreno
Padilla
Editor Trillas
DISTRIBUIDOR
A B C EDICIONES
Si es de su
agrado está espléndida obra:
EL JUICIO EN
LÍNEA
1 Libro Autor Javier
Moreno Padilla Editor Trillas
PRIMERA EDICIÓN 2012
Se puede
comunicar al Teléfono (667) 714-6961
Teléfono
celular -6671 – 985 - 765
Culiacán,
Sinaloa,
México
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a domicilio en México por varias
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cuál sería la
de sus deseos
Para
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de
su interés, el código postal o el nombre
de
la Ciudad en donde debe
llegar
su amable petición
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Puede
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Entre Bahía
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1 Libro Autor Javier
Moreno Padilla Editor Trillas
PRIMERA EDICIÓN 2012
Libro EL JUICIO EN LÍNEA
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Libro EL JUICIO EN LÍNEA